ARGENTINA

FALLO EJEMPLAR PUBLICADO EN EL DIARIO CLARÍN DEL DIA 23/05/2005

 

FALLO DE LA CÁMARA PENAL DE ROSARIO

Fue condenado por apalear a un perrito


Dejó al animal ciego temporalmente y con traumatismos. Deberá hacer trabajo solidario.
 


Mauro Aguilar. ROSARIO. ESPECIAL
rosario@clarin.com

Un albañil de 24 años que golpeó al perro de una vecina provocándole traumatismo de cráneo y ceguera temporal, fue condenado a quince días de prisión condicional y deberá presentarse durante un año —el primer lunes de cada mes— en el Instituto Municipal de Salud Animal de Rosario (Imusa), para colaborar con ese organismo.

El imputado infringió el artículo 3ø de la ley 14.346, en la que se penan los actos de crueldad contra animales. El fallo, dictado por la Cámara Penal de los Tribunales provinciales de Rosario, ratifica la sentencia que firmó el juez correccional Daniel Acosta.

El hecho ocurrió en setiembre de 2003, cuando el albañil atacó al perro con un palo de escoba. Como consecuencia de ese ataque el perro sufrió traumatismos, pérdida temporal de la visión y un decaimiento general en su salud.

La sentencia, dictada en noviembre del año pasado, fue apelada por el acusado, quien intentó justificarse explicando que sentía un profundo "temor hacia a los animales".

Esos argumentos de defensa fueron rechazados por los camaristas, quienes tuvieron en cuenta dos datos del perro: su tamaño —pequeño, según la propia versión del agresor— y la actitud que mostró, ya que según testigos nunca tuvo intenciones de morder al joven. Sólo ladraba.

El fallo indica que "sólo un espíritu teñido de crueldad" puede animar semejante agresión contra un perro que, por su tamaño y por su accionar, "no justificaba un ataque tan contundente" como el recibido.

La sentencia indica además que el golpe que le ocasionó al perrito la pérdida de la visión, y el abandono en el lugar "con aspecto de muerto", según el testimonio de una testigo, luce como una actitud "malvada y lesiva".

La condena es categórica: "Repugna —dice— al espíritu humano por su desmesurada violencia".

El abogado defensor, Carlos Giandoménico, comentó a Clarín que en la decisión de los camaristas "primó el criterio de aplicar a rajatabla una ley del siglo diecinueve, que apunta a proteger a los animales con otro sentido y que merece actualizarse".

Para Giandoménico, en la actualidad las personas padecen "el acoso de los perros en la calle". Y justifica el temor de su defendido: "Imagínese el trastorno que puede provocar ser mordido por uno de esos perros. El riesgo existe y no se puede ir pidiéndole a estos animales sus papeles para saber que está todo en regla".

El director del Imusa y doctor en ciencias veterinarias, Adrián Santos, celebró el fallo, al que calificó de "ejemplificador".

Pasear y bañar a los animales, alimentarlos y colaborar en operativos de adopción, son algunas tareas que podría desarrollar para cumplir con la condena.

 

 



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