"Ni en nombre de la ciencia, que no es absoluta, ni en nombre de la tradición que en demasiadas ocasiones es aborrecible, puede seguirse torturando
con la vivisección con la refinada maldad aplaudida,
a nuestros hermanos menores"
(Antonio Gala, escritor)
El Consejo General del Poder Judicial,
                     en cambio,
                pide mano dura

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) recomienda al
Gobierno que tipifique el abandono de animales en el
Código
Penal, como acto de crueldad gratuita contra el
animal, y
el maltrato a los domesticados y a los en cautividad,
además de los domésticos que son los los que
menciona.
El CGPJ además insinúa el modelo  Francia como
referencia,
en el que se sanciona el abandono, y en el que las
penas
por maltrato llegan a los 30.000 €

El CGPJ felicita la tipificación del maltrato habida cuenta de la
voluntad social ampliamente manifestada
por los españoles,
pero critica que se recoja el maltrato a los animales
domésticos, y que quede sin sanción el maltrato con
ensañamiento injustificado o el maltrato injustificado
aunque no sea con ensañamiento.
Pide una mejor redacción del texto para que se incluyan
todas las conductas que implican un sufrimiento para el
animal y que carezcan de toda justificación.
Además considera que conceptos 
jurídicos indeterminados
como maltrato 'injustificado' pueden dar lugar
a problemas
de la aplicación en la norma.

25 de abril de 2003
El Gobierno mantiene la redacción Inicial
El Consejo de Ministros remite a las
Cortes de el Proyecto de Ley Orgánica.
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE SE MODIFICA
 LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE,
DEL CÓDIGO PENAL.
Se tipifica como delito el maltrato de animales domésticos
que siendo falta en los casos menos graves.

Ctmo decimocuarto.-
Se modifica el art No 337 que queda redactado
como sigue:

“Los que maltrataren con ensañamiento e
 injustificadamente
a animales domésticos causándoles la muerte o
provocándoles lesiones que produzcan un grave
menoscabo
físico,
-serán castigados con la pena de
prisión de tres meses
 a un año,
- inhabilitación especial de uno a tres años
para el
ejercicio de profesional: oficio o comercio que
tenga relación con los animales.”




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